Reglamento Convivencia y Disciplina

II REGLAMENTO DE CONVIVENCIA Y DISCIPLINA

OBJETIVO GENERAL:

Explicitar una normativa que conjugue equilibradamente el derecho de las personas, la autoridad de los docentes y las diferentes etapas de desarrollo de cada niño, niña y joven del establecimiento, de acuerdo a la visión y misión del Colegio Montesol, a las ideas sustentadoras de su proyecto educativo y a las orientaciones emanadas del Ministerio de Educación.

Objetivos específicos:

  • Reconocer y promover los derechos de niños, niñas y jóvenes1
  • Valorar y estimular las conductas deseables para una convivencia democrática y la normal realización de los procesos de enseñanza, aprendizaje y desarrollo.
  • Describir claramente las conductas no aceptadas en el colegio, así como las consecuencias de asumirlas.
  • Asegurar procedimientos correctivos que consideren la reflexión sobre la experiencia como un camino de aprendizaje y desarrollo.
  • Favorecer la libre y adecuada expresión de todos los actores del proceso educativo así como su interrelación en un clima de armonía y mutuo respeto.
  • Contribuir al desarrollo cognitivo, afectivo y moral de niños, niñas y jóvenes.


1.- Conductas Deseables en alumnos y alumnas

a) Manifestar en la conducta cotidiana los principios y valores del Proyecto Educativo Institucional particularmente aquellos que dicen relación con el reconocimiento y valoración de las personas como sujetos de derecho y el respeto a la diversidad cultural y natural.
b) Mantener un rendimiento académico acorde con sus metas y potencialidades.
c) Manifestar un alto grado de interés por las actividades de aprendizaje.
d) Esforzarse de manera proactiva en superar las dificultades que pueda encontrar en sus procesos de aprendizaje y desarrollo.
e) Reconocer sus errores y tratar de corregirlos.
f) Actuar solidariamente frente a los problemas de quienes lo rodean y del mundo social.
g) Participar activamente en clases, en talleres y en todas las actividades formativas.
h) Participar en las salidas a terreno y en todas las actividades curriculares y extracurriculares contempladas en el Plan Anual Operativo de la Jornada Escolar Completa
i) Asistir regularmente al colegio llegando puntualmente a sus clases y a los compromisos asumidos.
j) Preocuparse de la presentación de sus trabajos, pruebas y tareas, así como del cuidado y mantenimiento de sus útiles y del espacio educativo
k) Tratar con cortesía y respeto a las personas con quienes debe compartir dentro y fuera del establecimiento.
l) Colaborar en forma eficiente y responsable en las tareas de su curso.
m) Asumir liderazgos que favorezcan el funcionamiento del grupo de pares.
n) Representar al colegio en actividades culturales, deportivas y/o sociales para las que haya sido seleccionado o asignado.
o) Mantener una actitud de diálogo con sus compañeros y compañeras que le permita escuchar y respetar sus opiniones, así como expresar libremente sus ideas.
p) Mantener una actitud de respeto con sus profesores, asistentes de la educación, directivos y apoderados del colegio.
q) Mantener una presentación personal acorde con las actividades escolares.
r) Cuidar activamente su entorno inmediato y aquel en que está inserto el colegio.

Todas estas conductas deben ser consideradas y valoradas al evaluar bimestralmente el comportamiento de cada niño, niña y joven. De ocurrir como una constante, o de manera destacada deberían ser registradas por el docente jefe de curso en la hoja de vida de cada alumno y alumna.

Los y las estudiantes tienen derecho a solicitar a la Jefatura de Curso que la participación destacada en algún evento o acontecimiento de la vida escolar sea registrada en su hoja de vida.


2.- Asambleas Estudiantiles:

a) A fines de cada trimestre (en los meses de mayo, agosto y noviembre) se realizarán Asambleas Estudiantiles por ciclo donde se analizará la marcha del colegio en lo que respecta a la convivencia. Dichas asambleas son consideradas actividades privilegiadas de aprendizaje para todos sus participantes.
b) Las Asambleas Estudiantiles serán coordinadas por el Centro de Alumnos y su Profesor Asesor, con el apoyo de la Dirección, los docentes jefes de curso y, en general, todos los docentes, pudiéndose acordar diversas formas de funcionar para cada ocasión, de acuerdo a la temática a tratar.

La Asamblea tiene un carácter deliberativo y consultivo, pudiendo recomendar a las autoridades respectivas sugerencias de cambio que permitan optimizar la convivencia y los procesos de enseñanza, aprendizaje y desarrollo


3.- Fuero estudiantil

a) Los dirigentes de Centro de Alumnos, Presidentes y Delegados de Curso gozan de fuero en el ejercicio de sus cargos no pudiendo ser suspendidos de clases ni ver iniciado un estudio de caso que los pueda afectar en su permanencia en el colegio.
b) El fuero estudiantil protege al alumno dirigente hasta por todo el semestre en el que dejen de ejercer sus cargos.
c) Si se considerara que un dirigente debe ser suspendido de clases o debe ser sometido a un estudio de caso, se debe primero solicitar su desafuero a la Dirección del Colegio.
d) El desafuero debe ser visto por una comisión de seis personas en que participen los tres máximos dirigentes del Centro de Alumnos (exceptuando el afectado) o quienes los reemplacen o, en su defecto tres delegados designados por el Consejo de Delegados; el/la Docente Jefe de Curso del o los afectados; el/la Encargado/a de Convivencia y la Dirección del Colegio.
e) El desafuero, junto con separar de su cargo al dirigente involucrado, permite que se le aplique la medida de suspensión de clases o se inicie un estudio con su caso.


4.- Conductas consideradas faltas graves:

La reflexión realizada con alumnos, alumnas y docentes ha permitido determinar cuatro conductas que son consideradas faltas graves por atropellar los principios fundamentales sobre los que se funda el proyecto educativo del colegio. Estas conductas son:

  • Salir del establecimiento en el horario regular de permanencia sin autorización de los padres y/o de la Dirección del Colegio.
  • Consumir al interior del establecimiento o en los espacios educativos generados fuera de él en que los alumnos estén bajo la tutela de los docentes, sustancias consideradas nocivas para la salud: alcohol, tabaco, marihuana, drogas de cualquier tipo.
  • Destruir o dañar intencionalmente bienes propios o ajenos y/o sustraer bienes ajenos.
  • Agredir física, verbal o sicológicamente a otra persona ya sea de manera directa o por algún medio tecnológico.

Las conductas antes mencionadas tienen por consecuencia una suspensión inmediata de un día o más de clases y el registro de la situación en la hoja de vida del/la estudiante afectado/a.

Posteriormente, un diálogo con el/la estudiante ayudará a determinar si éste/a debe o no participar en un taller de orientación, ser acompañado por un tutor, o cumplir alguna otra condición que le permita reflexionar sobre su conducta para comprenderla y modificarla.

La no asistencia de un alumno o alumna a una sesión de orientación será considerada una falta al artículo 7.3 de este reglamento y se procederá como allí se indica. Si la no asistencia ha significado abandonar el colegio se procederá a su suspensión inmediata de clases.

En caso de existir un daño a la propiedad o a las personas, el/la estudiante que ha transgredido la norma, debe reparar en el breve plazo dicho daño.

Los encargados de aplicar la suspensión de clases por un día son en el siguiente orden, la Jefatura de Curso, la Unidad de Orientación y Convivencia y la Dirección del Colegio

La medida de suspensión de clases puede ser superior a un día, de acuerdo a la gravedad de la falta, si así lo estima un consejo integrado por la Jefatura de Curso, la Unidad de Orientación y Convivencia y la Dirección del Colegio.


5.- Estudios de caso:

La reiteración de conductas que transgreden la normativa o colaboran en la mantención de un bajo rendimiento, puede dar lugar a un Estudio de Caso que permita determinar en que medida y de que forma el establecimiento puede o no hacerse cargo de la formación del/la estudiante. Dicho acompañamiento debe seguir los siguientes pasos:

a) Realizar bimestralmente, en cada curso, un proceso de evaluación del cumplimiento de la normativa de convivencia y disciplina y la situación de rendimiento de alumnos y alumnas, coordinado por el/la Profesor/a Jefe respectivo/a. Dicha evaluación ayudará a determinar los casos a ser estudiados en un proceso de acompañamiento que se extenderá por el período que se determine no pudiendo éste ser inferior a un mes ni superior a tres meses. . No obstante, una acumulación significativa de faltas podría dar lugar al inicio de este estudio en cualquier época del año.
b) El/la profesor/a debe abrir un registro, según el formato oficial que para ello existe2, que permita documentar la situación señalando claramente las fortalezas y debilidades del estudiante, las acciones correctivas realizadas y la reacción del estudiante frente a ellas, la situación de rendimiento y las observaciones contenidas en su hoja de vida. Esta documentación es de carácter privado y sólo puede ser consultada por la Dirección, el Profesor Jefe y el /la estudiante y sus padres.
c) El/la Profesor/a Jefe debe determinar, con conocimiento del/la alumno/a, las metas a alcanzar y las condiciones en que se realizará el acompañamiento, señalando claramente los tiempos comprometidos.
d) El/la Profesor/a Jefe debe comunicar a los padres el inicio del acompañamiento señalando claramente las condiciones y el período de duración del mismo.
e) Se ofrecerá al estudiante la asesoría de un adulto, preferentemente el profesor jefe, o un docente escogido por el alumno/a afectado/a, que le permita mantener la atención sobre su situación y mejorar aquellas conductas que motivaron el estudio de caso.
f) Se debe considerar al menos una evaluación intermedia y una final durante el estudio de caso. Los resultados deben ser comunicadas al afectado/a y a sus padres.
g) Durante el período de acompañamiento toda conducta relacionada debe ser registrada en la hoja de vida y agregada como documento en la ficha del/la alumno/a.
h) El estudiante tiene derecho a solicitar a su profesor jefe que se agregue en su hoja de vida cualquier observación positiva que él considere relacionada con el proceso de acompañamiento. Dicha observación será agregada a la documentación del estudio de caso.
i) Al finalizar el estudio de caso, el profesor jefe debe hacer un informe a la Dirección del Colegio adjuntando los antecedentes que le parezcan pertinentes para mejor resolver. Dichos antecedentes deben considerar aquellos que, a juicio del alumno y/o sus padres o su apoderado, consideren a su vez necesarios de aportar. Con esta documentación la Dirección debe dirimir en conciencia la situación del estudiante, buscando la mejor alternativa para que éste pueda seguir su proceso formativo.
j) La resolución del estudio de caso debe ser comunicada por escrito al apoderado a través de la jefatura respectiva, debiendo el apoderado firmar en la hoja de vida del/la alumno/a la recepción del documento.
k) Como otras medidas contempladas en esta normativa, alumnos/as y apoderados/as tienen derecho a apelar de acuerdo al procedimiento señalado en el artículo 7 de este mismo reglamento.


6.- Sistema de apelación y situaciones excepcionales

Todo alumno y toda alumna tiene derecho a apelar ante la Dirección del Colegio ante cualquier medida que le parezca mal aplicada. Dicha apelación debe hacerse, dentro de las 24 hrs., personalmente, por escrito, en el caso de alumnos y alumnas de Enseñanza Media y/o personalmente o a través del apoderado en el caso de alumnos y alumnas de todos los niveles de enseñanza.
La Dirección, previa consulta de los antecedentes debe decidir sobre la apelación, rechazándola, aceptándola y rectificando la medida o anulándola dentro de las siguientes 24 hrs.
Cualquier situación excepcional no contemplada en el reglamento debe ser decidida por el Director del Colegio en consulta a la Unidad de Orientación y Convivencia, la Jefatura de Curso respectiva y a quien corresponda de acuerdo a los antecedentes.


7.- Situaciones que originan faltas más frecuentes y las medidas y procedimientos a aplicar

7.1. Atrasos a primera hora

a) La entrada a clases en el Colegio Montesol está fijada a las 8:05 horas. El trabajo se desarrolla en 6 horas por la mañana, en tres bloques de 90 minutos cada uno, separados por recreos de 20 minutos. Luego de una hora de descanso para almorzar se reanudan las actividades a las 14:10 hrs. realizándose una hora de clases, seguida de un recreo de 15 minutos, para terminar con un bloque clases de 90 minutos. Es en este último bloque donde la mayoría de los cursos tienen sus talleres y/o ramos electivos según sea el caso. Los tiempos de descanso están señalados con música ambiental.
b) Se considera atraso a la llegada del alumno después que el profesor ha cerrado la revisión de asistencia e iniciado la clase respectiva, lo que debe ocurrir, a más tardar, transcurridos cinco minutos de la hora de clases.
c) Después de las 8:10 y hasta las 8:20 el alumno debe consignar su atraso en la Unidad de Convivencia donde recibirá un pase para ingresar a clases. En la sala el docente debe anotar su atraso en el libro de clases.
d) La acumulación de 2 atrasos en una semana dará lugar al llamado al apoderado a firmar el registro de asistencia de la Unidad de Convivencia. De no concurrir, el/la alumno/a no podrá ingresar a clases. No se aceptarán en este caso excusas telefónicas).
e) Quienes lleguen después de las 8:20 hrs. dejarán consignado su atraso en la Unidad de Convivencia y podrán ingresar sólo en el siguiente cambio de subsector. Se registrará asimismo si presenta una justificación escrita por su atraso o si el apoderado hizo dicho trámite personalmente. El/la estudiante permanecerá estudiando en el lugar que determine la Unidad de Convivencia.
f) Si por su atraso, un /a alumno/a, tiene menos tiempo para una prueba o trabajo, debe asumir esa responsabilidad. En ningún caso se le podrá eximir de rendir su prueba o realizar el trabajo presupuestado.
g) El alumno que llegue después de las 8:55 sin su apoderado, o sin una justificación escrita podrá ingresar a la siguiente clase con el compromiso de que su apoderado firme el registro de atrasos al día siguiente, de lo contrario no podrá entrar a clases ese día. No se aceptarán en este caso excusas telefónicas.
h) Esta normativa se aplica a todos los cursos a partir de 5° Año Básico. En el caso del Primer Ciclo Básico se evitará que los alumnos queden fuera de clases y en todo lo demás se actuará según la normativa siendo los padres y apoderados los directos responsables de que se cumpla el horario de llegada y debiendo ser ellos/as quienes realicen los procedimientos indicados.


7.2. Atrasos intermedios

a) Después de cada recreo hay una hora fijada de ingreso a clases la que se señala con el cese de la música ambiental.
b) Se considera atraso a la llegada del alumno después que el profesor ha cerrado la revisión de asistencia e iniciado la clase respectiva, lo que debe ocurrir, a más tardar, transcurridos cinco minutos de la hora de clases.
c) Después de esos cinco minutos y hasta transcurridos 15 minutos desde la hora de ingreso el/la alumno/a debe consignar su atraso en la Unidad de Convivencia donde recibirá un pase para ingresar a clases. En la sala, el docente debe anotar su atraso en el libro de clases.
d) La acumulación de 2 atrasos en una semana dará lugar al llamado al apoderado a firmar el registro de asistencia de la Unidad de Convivencia. De no concurrir, el/la alumno/a no podrá ingresar a clases. No se aceptarán en este caso excusas telefónicas).
e) Quienes lleguen después de transcurridos 15 minutos desde la hora de ingreso, dejarán consignado su atraso en la Unidad de Convivencia y podrán ingresar sólo en el siguiente cambio de subsector. Se registrará asimismo si presenta una justificación escrita por su atraso o si el apoderado hizo dicho trámite personalmente en el caso de alumnos y/o alumnas que hayan ingresado al colegio durante la jornada. El/la estudiante permanecerá estudiando en el lugar que determine la Unidad de Convivencia.
f) Si por su atraso, un /a alumno/a, tiene menos tiempo para una prueba o trabajo, debe asumir esa responsabilidad. En ningún caso se le podrá eximir de rendir su prueba o realizar el trabajo presupuestado.
g) Esta normativa se aplica a todos los cursos a partir de 5° Año Básico. En el caso del Primer Ciclo Básico se evitará que los alumnos queden fuera de clases y deberá el/la profesor/a jefe comunicar a los padres si su hijo o hija no cumple con los horarios de llegada.


7.3. No ingreso a clases

a) Todo el alumnado debe ingresar y permanecer en su sala o lugar de trabajo asignado durante las horas de clases.
b) Si un alumno o alumna no ingresa a una o más horas de clases, o se retira sin autorización, el docente a cargo debe registrar este hecho en la hoja de vida del alumno e informar a la Unidad de Orientación y Convivencia. Será esta unidad la que notificará al apoderado.
c) Dos eventos de esta índole en el transcurso de un mes motivará la citación del apoderado quien firmará la toma de conocimiento de la falta.
d) La acumulación de faltas de este tipo será considerado en la evaluación bimestral que se aplicará a cada estudiante de acuerdo al artículo 1 de este reglamento. Esas evaluaciones pueden determinar el inicio de estudio de caso que podría poner en riesgo la permanencia del alumno o alumna en el colegio.


7.4. Conductas inadecuadas en clases.

a) La conducta inadecuada de un alumno o alumna en la sala de clases podría motivar su anotación en su hoja de vida o la expulsión del aula por esa hora o bloque horario de clases. Decisión que toma el docente al mismo tiempo que le indica que tarea debe cumplir y registra el hecho en la hoja de vida del/la estudiante.

Se consideran conductas inadecuadas:

  • La interrupción impertinente de clases por situaciones emergentes
  • No presentar los materiales personales de trabajo
  • No presentar tareas o trabajos previos de continuidad en la clase
  • No utilizar las tenidas apropiadas para la actividad
  • Dañar o destruir materiales de clases o mobiliario
  • La falta de respeto a docentes y/o alumnos
  • Negarse a realizar una actividad de aprendizaje o evaluación.
  • Interrumpir una prueba o conversar durante su realización
  • El actuar de manera deshonesta en una prueba, copiando a otro o recurriendo a apoyos no permitidos.
  • Usar teléfono celular, mp3 o mp4 durante las clases, salvo autorización del docente. (arriesga el retiro de la especie la que, entregada en la Unidad de Orientación y Convivencia, debe ser recuperada por el apoderado)
  • No portar su libreta de comunicaciones o agenda escolar

b) Si a un alumno o alumna, ante la reiteración de conductas inadecuadas, se le pide que abandone el aula, debe dirigirse a la Unidad de Orientación y Convivencia llevando sus materiales de trabajo, la tarea que debe cumplir y su libreta de comunicaciones. Dicha unidad le indicará donde debe trabajar al mismo tiempo que notificará la situación a sus padres y/o apoderado.
c) Dos eventos de esta índole en el transcurso de un mes motivará la citación del apoderado quien firmará la toma de conocimiento de la falta.
d) La acumulación de anotaciones por faltas de este tipo será considerado en la evaluación bimestral que se aplicará a cada estudiante de acuerdo al artículo 1 de este reglamento. Esas evaluaciones pueden determinar el inicio de un estudio de caso que podría poner en riesgo la permanencia del alumno o alumna en el colegio.


7.6. Presentación Personal

a) El Colegio Montesol no tiene un uniforme representativo del establecimiento, salvo en la actividad deportiva competitiva, y solo se espera que alumnos y alumnas usen ropa adecuada al trabajo escolar. Se deben considerar además las normas comunes de aseo e higiene en las ropas y el propio cuerpo.
b) Por el riesgo que ello provoca en la seguridad de niños, niñas y jóvenes no está permitido el uso de aros colgantes ni piercings.
c) En este aspecto, los primeros responsables de velar por el cumplimiento de las normas son los padres y apoderados. En el colegio, el responsable es el profesor jefe quien debe orientar a sus alumnos y alumnas en las condiciones de vestimenta e higiene adecuadas al trabajo escolar.
d) En el caso de la Educación Física, alumnos y alumnas deben usar la tenida deportiva indicada por los profesores y debe portar los artículos de limpieza para su aseo personal después de las clases.
e) En el caso de las actividades de clases que se realizan en el Laboratorio alumnos y alumnas deben usar una capa blanca. Lo mismo ocurrirá en los talleres o academias de ciencias cuando los profesores lo indiquen según la naturaleza de las actividades que se realicen.
f) El no cumplir con los puntos d) y e) de este artículo será considerado una falta al punto a) del artículo 7.4. de este reglamento y se procederá como allí se indica.
La reiteración de faltas en este aspecto por tres veces en un mes motivará que el apoderado concurra al establecimiento a firmar la toma de conocimiento de la falta.
g) La acumulación de faltas de este tipo será considerado en la evaluación bimestral que se aplicará a cada estudiante de acuerdo al artículo 1 de este reglamento. Esas evaluaciones pueden determinar el inicio de estudio de caso que podría poner en riesgo la permanencia del alumno o alumna en el colegio.

 

7.7. Uso de objetos o implementos no solicitados por el colegio

a) No son considerados útiles escolares los teléfonos celulares, mp3, mp4 y todo equipo o artículo que no haya sido expresamente solicitado para el trabajo escolar por lo que el Colegio Montesol no se hace responsable de su cuidado ni recuperación en caso de pérdida.
b) La responsabilidad sobre el cuidado de estos u otros equipos no solicitados por el colegio será del/la estudiante dueño/a del mismo y su posible pérdida no puede motivar la interrupción de las actividades escolares.
c) Las mismas disposiciones se aplican a todo implemento no solicitado por los docentes para la realización de actividades escolares.

 

8.- Trabajos, tareas y pruebas

a) En su desempeño escolar alumnos y alumnas están sujetos a rendir pruebas, realizar trabajos o tareas y preparar presentaciones. Todo ello como parte de las actividades de evaluación que pueden conducir a calificaciones. Es obligación de los y las estudiantes realizar dichas actividades en las fechas y condiciones estipuladas para ello.
b) Si un estudiante falta a una prueba, no realiza una tarea o un trabajo, o no prepara una presentación en la fecha acordada debe someterse, según sea el caso a lo dispuesto en el artículo 7.4. de este reglamento o en el reglamento de evaluación y calificaciones.
c) En relación a la no ejecución de tareas, trabajos y presentaciones, el docente respectivo indicará la forma como el alumno dará cuenta de sus aprendizajes

 

9.- Participación en Talleres de la Jornada Escolar Completa

a) Todos y todas los y las estudiantes de Educación Básica y Media tienen obligación de participar semanalmente en al menos dos talleres de la Jornada Escolar Completa (JEC), los que tienen un carácter semestral y, en algunos casos, con continuidad anual.
b) La participación en los Talleres JEC es decidida por los profesores a partir de las opciones señaladas por cada alumno y cada alumna.
c) La asistencia y puntualidad en talleres es obligatoria y a ellos se aplica la misma reglamentación de clases.
d) Una vez hechas las opciones de taller alumnos y alumnas no pueden cambiarse sino al finalizar el semestre. Cualquier situación extraordinaria debe ser estudiada y autorizada por la Dirección, en consulta con la Coordinación de Talleres y los docentes o monitores comprometidos.

 

10.- Participación en Academias, Conjuntos Musicales y Selecciones Deportivas

a) Profesores, monitores y entrenadores pueden convocar alumnos y alumnas para participar en grupos de selección.
b) Un/a alumno/a puede tener calidad de monitor bajo la supervisión permanente de un docente.
c) Previa aceptación por parte del/la estudiante el apoderado debe autorizar dicha participación la que exige condiciones especiales de asistencia a eventos y financiamiento de traslados.
d) Una vez autorizada la participación esta pasa a ser obligatoria y se rige por las mismas normas que la participación en clases.
e) Siendo grupos representativos del colegio, el cometer faltas graves podría ser causal de suspensión de la participación en el grupo de selección de manera temporal o definitiva. Ello supondría una decisión compartida entre la Jefatura de Curso, la Unidad de Orientación y Convivencia y la Dirección del Colegio.
f) La participación destacada en alguna actividad debe quedar registrada en la hoja de vida del/a alumno/a quien además contará con las facilidades que le permitan participar en actividades extracurriculares y mantener su rendimiento académico.

 

11.- Salidas a Terreno

a) El Proyecto Educativo Institucional considera la conformación de espacios educativos fuera del establecimiento, lo que se traduce en organización de campamentos, visitas a exposiciones, asistencia a eventos y conferencias, viajes de estudio, caminatas, etc. En todos ellos deben observarse las normas contenidas en este reglamento aunque sin perjuicio de ello, cada actividad puede tener normas específicas.
b) Es obligatorio participar en estas actividades y cualquier excepción debe ser autorizada por el Colegio por motivos de salud u otros debidamente acreditados. Sin embargo, toda actividad académica que se desprenda de la salida a terreno debe ser realizada en alguna forma por el o la estudiante que no asiste lo que deberá acordar con el docente a cargo.
c) El financiamiento de las actividades es responsabilidad de los padres y apoderados, debiendo cancelar el monto respectivo 15 días antes que la actividad sea realizada. No hacerlo marginaría al alumno o alumna de la actividad.
d) Para todos los casos los cálculos de transporte se hacen en referencia a todo el curso, lo que permite abaratar costos. Quien no asiste debe colaborar con ese monto. No así con lo relativo a alimentación o arriendo del lugar o equipos.
e) Sin perjuicio de lo anterior, el colegio dispondrá, para casos de vulnerabilidad social, un mecanismo que permita el financiamiento de las actividades que realicen alumnos y alumnas en esa situación.
f) En todos los casos y de acuerdo a disposiciones legales la autorización debe hacerla el apoderado en forma personal, al menos, 20 días antes para cumplir con los plazos de solicitud de permiso a la autoridad ministerial respectiva.
g) En el caso de viajes de estudio rigen las siguientes disposiciones:

  • Los cursos deben ser acompañados por, al menos, un docente cada diez alumnos o fracción de decena. Todos ellos deben ser financiados por los cursos.
  • El/la docente jefe de curso y el/la docente ayudante de jefatura, si existiera, deben acompañar al curso en su viaje
  • La elección de profesores acompañantes se hace a partir de quinas (para elegir 2) o ternas (para elegir 1) determinadas en votación por el curso, entre los profesores que no tienen jefaturas de cursos de Enseñanza Media nominados por orden alfabético. La Dirección Académica determinará el nombre del o los acompañantes de acuerdo a las necesidades del Colegio.
  • La participación de apoderados en los viajes de estudio y, en general, en salidas a terreno, son situaciones extraordinarias, generadas por la imposibilidad de tener el número suficiente de profesores que pudieran acompañar a un gran número de estudiantes. En ese caso, la participación se hace en respuesta a una solicitud hecha por la Dirección y en las mismas condiciones que los docentes.

 

12.- La Licenciatura y Graduación de Alumnos y otros eventos de premiación

a) El Colegio realiza ceremonias de clausura de los niveles de Enseñanza Pre-básica, Básica y Media. Al mismo tiempo realiza eventos que permiten el reconocimiento público de todos los alumnos y las alumnas en aquellos aspectos destacados de su desarrollo. La asistencia a los eventos para los que se haya sido convocado es obligatoria para alumnos y alumnas.
b) Cualquier acto de celebración derivado de estas ceremonias debe ser organizado por los sub-centros de padres y apoderados de los cursos respectivos. El uso de las dependencias del colegio debe ser solicitado con anterioridad y en las condiciones que la Administración fija para ello.

 

13.- Uso del Libros de Clases

a) El Libro de clases es el documento oficial donde se registran los datos de rendimiento, asistencia y comportamiento de alumnos y alumnas además de otros datos que dicen relación con las actividades de enseñanza y aprendizaje. Es de uso de los profesores y particularmente del docente jefe de curso quien debe supervisar su buen uso.
b) Alumnos y alumnas tienen derecho a consultar los datos contenidos en dicho libro previa solicitud a su profesor jefe. Sin embargo deben hacerlo con cuidado evitando cualquier daño al mismo.
c) La intervención de los datos contenidos en el libro de clases es un falta que ameritaría la anotación en la hoja de vida, la comparecencia del apoderado y, dependiendo de la gravedad de la intervención, el inicio de un estudio de caso.

 

 

14.- Uso de los espacios del colegio.

a) En lo general, alumnos y alumnas pueden circular libremente por los diferentes espacios escolares, asociados a su estudio cotidiano y a sus necesidades de convivencia. Sin embargo hay espacios restringidos por las condiciones particulares que ellos ofrecen.
b) En la sala de profesores, dependencias administrativas y de dirección, cocina y bodegas, la circulación dice relación con la satisfacción de alguna necesidad inmediata y el ingreso, así como el comportamiento, debe guardar una actitud de respeto y cuidado, acorde con la naturaleza del espacio y las tareas que realizan quienes habitualmente allí laboran.
c) Se encuentra restringido el ingreso de alumnos y alumnas a salas temáticas que están bajo la responsabilidad de un docente. Allí sólo se puede estar con la presencia de un docente o con la expresa autorización del encargado de la sala.
d) Se encuentra absolutamente restringido el ingreso y permanencia a la sala de informática y al laboratorio, donde solo se puede ingresar con la presencia de un docente cuidando la integridad de los equipos y la propia seguridad y la de los compañeros y compañeras.

e) Otro espacio de especial cuidado es el de los baños, donde hay que mantener actitudes que colaboren con la higiene y aseo de esas dependencias y, al mismo tiempo, cuidar el recurso del agua.

 

13.- Participación de apoderados en el proceso formativo

a) Los padres y el apoderado debidamente registrado son quienes representan al estudiante frente a la institución escolar pudiendo relacionarse con las autoridades y docentes siguiendo los conductos establecidos para ello.
b) La primera instancia de participación es el subcentro de curso, el que es representado por un padre o apoderado elegido para esos efectos, ante el Consejo de Delegados.
c) Todo asunto relativo al desempeño escolar de su hijo/a puede ser tratado directamente con los docentes de los distintos subsectores y principalmente con el Docente Jefe de Curso en los horarios establecidos para ello y previa solicitud de atención
d) Los apoderados tienen derecho a entrevistarse con directivos y docentes para lo cual deben proceder como se indica en el artículo 4.10 de este reglamento
e) Se espera que el trato hacia los docentes y demás miembros de la comunidad escolar sea cortés y respetuoso. No están permitidas la interrupción de clases; el llamar la atención a los/as alumnos/as; el ingreso a dependencias que estén bajo la tutela de un docente ni conductas opuestas a las ideas que sustentan el Proyecto Educativo Institucional.
f) Las reuniones con apoderados comprenden la reunión general, la reunión de ciclo, la reunión de curso, la reunión de grupos de interés común.
g) Durante el semestre los apoderados deben participar de manera obligatoria al menos en las siguientes reuniones:

  • Una reunión general y/o de ciclo fijadas a comienzo del año escolar
  • Tres reuniones de curso fijadas a comienzos del semestre
  • Las reuniones de grupos de interés a las que sean convocados fijadas por situaciones emergentes.

h) Siendo la Reunión de Padres y Apoderados de Curso una instancia de organización y participación que elige representantes al Consejo de Delegados solo pueden participar en ella los padres y el apoderado registrado en el colegio.
i) Para asegurar el normal funcionamiento de las actividades escolares los padres y apoderados no pueden ingresar a las aulas o espacios educativos una vez iniciado el horario de clases.

 

16.- Los justificativos

a) Toda inasistencia a clases, deberá ser justificada por el Apoderado en la Libreta de Comunicaciones o Agenda Institucional. La misma debe ser presentada al Docente Jefe de Curso, a la Unidad de Orientación y Convivencia o a la Dirección, en ese orden debiendo ser firmada por quien la revise.

b) La justificación ya firmada puede ser solicitada por otros profesores para mejor resolver situaciones como la no presentación de un trabajo, una tarea o una presentación.

 

17.- Las Entrevistas Personales

a) Todo alumno y toda alumna debe acudir a las entrevistas solicitadas por su profesor jefe, profesores de los distintos subsectores, Unidad de Orientación y Convivencia y Dirección Académica. No participar amerita registrar este hecho en su hoja de vida y dos faltas consecutivas ameritan llamar al apoderado a firmar la toma de conocimiento de esta situación.
a) La obligación de acudir a las entrevistas es compartida por los padres y apoderados en todas las situaciones contempladas en este reglamento.
a) Los Profesores Jefes, la Encargada de Convivencia y la Dirección Académica tienen horarios destinados a la atención de apoderados dentro de su jornada de trabajo.
a) Los padres y apoderados tienen derecho a solicitar entrevistas con docentes o directivos de acuerdo al siguiente procedimiento:

  • Entrevistas con profesor jefe, profesores de subsectores o encargada de convivencia a través de la Libreta de Comunicaciones.
  • Entrevistas con la Dirección Académica deben ser concertadas a través de la Secretaría Académica.

 

18.- Retiro de alumnos y alumnas durante la jornada escolar

a) Por norma general no se debe retirar alumnos o alumnas durante la jornada escolar salvo excepciones motivadas por la realización de trámites personales o por motivos de salud.
b) En el caso anterior solo el apoderado o la persona designada por él puede retirar al alumno en forma personal o mediante una comunicación escrita. No se aceptarán solicitudes telefónicas.
c) Una situación especial experimentan quienes deben retirarse del colegio durante la jornada y al mismo tiempo deben entregar algún trabajo, hacer una presentación o rendir una prueba, todo lo cual se encuentra normado en el artículo 4.8 de este reglamento.

 

19.- Reformas al reglamento

a) El reglamento de convivencia y disciplina tiene una duración de un año a partir del inicio del año lectivo.
b) La reforma a su articulado debe ser fruto de una reflexión de todos los estamentos la que se debe traducir en una propuesta a ser revisada y eventualmente aprobada por el Consejo Escolar para ser aplicada en el siguiente año lectivo.
c) No obstante es posible que el Consejo Escolar, a propuesta de la Dirección del Colegio, apruebe algunas medidas transitorias de inmediata aplicación cuando alguna norma se hace insuficiente en su aplicación práctica.

 

20.- Declaración de conocimiento y aceptación del reglamento de convivencia y disciplina

a) Para ser matriculado anualmente en el colegio es necesario que el apoderado manifieste por escrito su conocimiento y aceptación de la presente reglamentación. No hacerlo es un impedimento para su inclusión en el registro de matrícula.